La Corte Constitucional da paso a la reelección indefinida en Ecuador, una reflexión sobre las implicaciones políticas de esta decisión.


El viernes 31 de octubre (a horas de que en el país inicien un feriado de tres días) y sesionando en un hotel de la ciudad de Guayaquil, la Corte Constitucional del Ecuador emitió dictamen de constitucionalidad de la enmienda a la Constitución del Ecuador; este sería el segundo proceso de reforma del texto que tiene apenas seis años de vigencia. 

En nuestra historia no son pocos los casos de reforma o incluso promulgación de una nueva Constitución, pero según nuestra tradición jurídico - política estos cambios son consecuencia de una nueva correlación de fuerzas en el poder: la Ley Mayor en el Ecuador se ha reformado ya sea para pasar de un gobierno de facto a uno democrático o por el cambio de una tendencia política a otra totalmente distinta. Si esta es la segunda ocasión que el mismo gobierno que promovió la redacción y aprobación popular de la Constitución del 2008, corresponde preguntarse cuál es la nueva correlación de fuerzas que se impone en su interior y deriva en una segunda reforma del texto original y que le hace apartarse del pacto social y político que le propuso a la población.

De los diecisiete artículos cuya reforma se propone, la Corte Constitucional impidió solo el que restringía las acciones de protección. Con el dictamen, la Asamblea Nacional (en donde 100 de los 120 asambleístas pertenecen a la bancada de gobierno) dará paso -entre otras cosas- a la reelección indefinida, la participación de las fuerzas armadas en la seguridad interna del país, el recorte de funciones de la Contraloría General del Estado, la restricción de los casos en que procedería una consulta popular, y la declaratoria de la comunicación como un servicio público -con el nivel de control estatal que ello implica-.

El profesor Gargarella sugiere que para analizar las nuevas constituciones -o su reforma- en la región nos debemos preguntar cuál es la pregunta a la que ellas responden o "cuál es el principal mal que ellas vienen a remediar"*. Tomo prestada la idea para plantearla como una forma de examinar esta nueva reforma. Los cambios a la Constitución de Montecristi no tienen relación ni con el combate a la pobreza, la desigualdad o la corrupción; ni con la profundización de la democracia o la participación (por citar algunos objetivos con los que gustosa estaría de acuerdo); todo lo contrario, los cambios son un retroceso en lo relativo a la democracia  y la república; ahondan en la lógica del Estado autoritario, policíaco y concentrador de poder que se ha dibujado en los últimos años; y responden -regresando a la metáfora propuesta- a las urgencias de un proceso político caudillista que no podrá sostenerse sino al rededor del culto a la personalidad de Rafael Correa y su política clientelar y pragmática que hace rato está muy lejos de lo que en determinado momento le propuso al Ecuador.


*Gargarella, Roberto. "El nuevo constitucionalismo latinoamericano: algunas reflexiones preliminares”." Crítica y emancipación: revista latinoamericana de ciencias sociales 2.3 (2010).


 Boletín Corte Constitucional sobre su dictamen 
Ruptura sobre las amenazas a la democracia en el proyecto de Reforma 
HRW sobre proyecto de Reforma a la Constitución
Noticia sobre dictamen de la Corte Constitucional en Diario La Hora

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